RESIDENCIA DOMINICANA
Ya te casaste con tu American@? Ya te casaste con tu Europe@? Lo trajiste al país y se enamoro de la isla? Pues sacale su residencia. Te tramitamos la residencia provisional y definitiva. GARANTIZAMOS NUESTRA GESTION.
RECUERDA RESIDIR LEGALMENTE TIENE SUS VENTAJAS:
a)Para trabajar legalmente en República Dominicana, la ley exige que el extranjero obtenga su permiso de residencia; de lo contrario, estaría en una situación anómala e ilegal, sujeto a deportación.
b)El artículo 13 de la Ley 14-93, modificada por la Ley 146-00, libera a los extranjeros que vengan a residir definitivamente en el país de manera legal de la obligación de pagar gravámenes arancelarios por las importaciones de sus efectos personales y del hogar. El extranjero ilegal no se beneficia de esta disposición.
c)El extranjero transeúnte o ilegal no puede demandar en justicia ni a un dominicano ni a un extranjero residente sin el depósito previo de una fianza. El extranjero residente está exento de este requisito.
d)En caso de herencia, el beneficiario que no sea un residente legal de República Dominicana debe pagar un cincuenta por ciento (50%) adicional por encima de los impuestos sucesorales normales.
e)Para muchos extranjeros interesados en no pagar impuestos sobre sus rentas de fuente externa al país de su nacionalidad, es indispensable que obtengan permiso de residencia en otro país.
h)El extranjero residente no necesita comprar tarjeta de turismo para entrar a República Dominicana.